miércoles, 29 de julio de 2009

Pasos a seguir si pierdo o me roban mi tarjeta de crédito



1. Responsabilidad titular
No existe una legislación establecida sobre la responsabilidad de un titular de tarjeta de crédito en caso de su robo o extravío, de manera que ese hueco se llena con el contrato que se firma con el banco. Es muy conveniente (y diríamos: indispensable) conocer qué responsabilidad y qué cantidad a pagar está obligado el dueño de una tarjeta de crédito en caso de un uso fraudulento de su línea de crédito por terceros

2. Notificar, siempre y cuanto antes
El mejor seguro ante fraudes es notificar al banco apenas y sucedan el robo o la pérdida. Cualquier sanción aplicable al titular sólo opera hasta antes del momento en que se notifica al banco sobre el extravío o el hurto. Es importante, entonces, conservar el número del banco a la mano y anotar todas las indicaciones, claves y números de trámite que el encargado de atender el aviso nos proporcione.

3. Denunciar
Apenas realizada la notificación al banco, hay que denunciar la pérdida o el robo de la tarjeta en la comisaria o a la autoridad competente más cercana, y conservar lo documentos que avalen la denuncia

4. Asistir al banco
Para realizar la cancelación de la tarjeta (operación sobre la que no hay ningún costo). Hay que conservar los documentos que confirman el cese de operatividad de la tarjeta y recibir el último estado de cuenta, así como al confirmación de si se realizaron o no compras fraudulentas.

5. 150 euros

En el caso de que antes del aviso al banco se realizaran operaciones con la tarjeta extraviada, el titular (por la legislación vigente) sólo es responsable por un monto de 150 euros por cada operación.

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